9JR2+Q9 Albarracín, Spain
Si crees que puedes mejorar la información sobre este lugar puedes enviarnos un mensaje directo o bien contactar con nosotros usando el formulario de contacto. Recuerda que también puedes añadir tus propios lugares de escalada y contribuir a ampliar la información en Boulder Lovers.
Por primera vez, reunidas en un libro las numerosas zonas que ofrece nuestra geografía para la práctica del boulder, una disciplina de la escalada que no deja de crecer. Desde bloques de arenisca rojiza o gris, bolos de abrasivo granito, formas calcáreas con agujeros y romos, la geométrica roca volcánica, el exigente conglomerado... en zonas tan conocidas como Albarracín, El Escorial, El Cogul, Pena Corneira, Valcorchero, Jaizkibel, Mogán, Santa Gadea, Teverga, pero también en pequeños rincones en los que disfrutar de la tranquilidad y la esencia del movimiento. Cada una de las zonas se presenta con una ficha que incluye todos los datos prácticos necesarios: el acceso, el número, altura y grado medio de los bloques, mejor época para escalar, posibles restricciones, si es o no apto para ir con niños, cómo es el entorno, dónde ampliar la información, alojamientos y otros puntos de interés cercanos... Además, 26 zonas principales se muestran ampliadas con croquis de los bloques más representativos. Ha sido elaborada con la colaboración de más de 50 escaladores en activo.
La escalada en el paisaje protegido de Pinares de Rodeno se encuentra regulada por la ORDEN AGM/456/2022, de 31 de marzo, por la que se regulan las actividades deportivas y de ocio en el Paisaje Protegido de los Pinares de Rodeno, el Decreto 91/1995, de 2 de mayo y el el Decreto 187/2014, de 18 de noviembre, del Gobierno de Aragón.
Según lo indicado en el artículo 3 de la ORDEN AGM/456/2022, en lo respectivo a la práctica de la escalada:
1- Queda prohibida la escalada deportiva y la instalación de vías ferrata en el Paisaje Protegido de los Pinares de Rodeno.
2- La escalada clásica está permitida en las zonas definidas y delimitadas en el anexo I, siempre y cuando se recuperen la totalidad de los medios de aseguramiento. Dentro de las zonas del anexo, está prohibida en las rocas visibles desde la pista forestal asfaltada de Albarracín a Dornaque (VF-TE-05), y en un radio de 30 metros alrededor de los abrigos que contengan arte rupestre.
3- La escalada clásica y la escalada en bloque está permitida entre la salida del sol y su puesta, aplicándose las horas oficiales de la salida y puesta del sol establecidas por el Instituto Geográfico Nacional en Teruel.
4- Se prohíbe la eliminación de vegetación con objeto de facilitar la práctica de la escalada.
5- Se prohíbe el uso de magnesio para marcar las clecas, que deberán señalizarse con métodos que no alteren o manchen las rocas, y que deberán ser retirados al concluir la actividad. El uso de magnesio de deberá minimizar y retirar posteriormente.
En lo relativo a la acampada y el aparcamiento dentro del Paisaje Protegido de los Pinares de Rodeno:
1- Queda prohibida la acampada en todas sus modalidades, así como la instalación de campamentos de verano.
2- Queda prohibida también la extensión de toldos y sombrillas, así como la instalación de sillas, mesas, tumbonas, hamacas, etc. fuera de las áreas recreativas.
3- En terrenos públicos del Paisaje Protegido la pernocta requiere autorización del Director del espacio natural protegido, excepto en los refugios acondicionados para tal fn (Ligros y Casilla de Gea).
Lo anterior también afecta a la pernocta en furgonetas, caravanas y cualquier otro vehículo.
También queda prohibido el estacionamiento de vehículos fuera de las áreas autorizadas y debidamente señalizadas, de conformidad con lo establecido en el texto refundido de la Ley de Espacios Protegidos de Aragón.
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